Trámites

Asesoramiento y mediación sobre deudas hipotecarias y de alquiler.

La unidad de atención a  deudores hipotecarios e inquilinos  en riesgo de exclusión social es un servicio de información, asesoramiento y mediación, dirigido a familias con dificultades para cumplir con el pago de los préstamos e hipotecas con garantía inmobiliaria. Así como, las rentas de alquiler.  Y que por este motivo, estén en riesgo de perder a su vivienda habitual. 

Quién puede solicitarlo:

DIRIGIDO A:

1. Familias y personas hipotecadas propietarias de una vivienda y que la utilicen como vivienda habitual.
2. A personas avalistas de préstamos hipotecarios con garantía inmobiliaria. Y que, por falta de pago, están en riesgo de perder su vivienda habitual.
3. A las personas consumidoras, avalistas y terceros hipotecantes que:
• Detecten cualquier cláusula o prácticas abusivas en el contrato de préstamo o hipoteca.
• Tengan dificultades para pagar el préstamo o hipoteca, o que consideren que las puedan tener a corto y medio plazo.
• Hayan recibido la notificación de inicio de un procedimiento de ejecución hipotecaria de su vivienda habitual como consecuencia de la falta de pago del deudor.
4. A las personas en riesgo de perder su vivienda habitual de alquiler por causas socioeconómicas sobrevenidas.
2. A las personas que hayan perdido la vivienda habitual por un procedimiento de ejecución hipotecaria.

Cuando se puede solicitar:

Durante todo el año

Pasos a seguir:

Se puede solicitar en cualquier momento, pero se recomienda que de forma preventiva se solicite antes de que se pueda producir un impago.

Documentación necesaria:

Para que desde el servicio se pueda evaluar la situación actual de la hipoteca o de la deuda por impago de alquiler. Así como, de la capacidad de pago de la persona o de la familia y se puede hacer una propuesta, es necesario que en cada caso se aporte lo siguiente:
Deudores hipotecarios:
DNI o NIE de los titulares.
Escritura de compraventa.
Escritura del préstamo.
Certificado de rentas de todos los miembros de la unidad familiar.
Notificaciones Judiciales recibidas.
Última cuota pagada.
Inquilinos:
Contrato de alquiler
DNI o NIE de los titulares.
Certificado de rentas de todos los miembros de la unidad de convivencia.
Notificaciones Judiciales recibidas.
Último recibo de alquiler pagado.

Normativa aplicable:

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la nueva redacción de la Ley Hipotecaria
Decreto, de 14 de febrero de 1947, por el que se publica el Reglamento Hipotecario
Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993
Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos
Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013
Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social
Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia
Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social
Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social

Donde dirigirse:

Servicios Sociales

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