Trámites
Devolución de Avales o Fianzas
Toda persona que tenga depositado una fianza o un aval en el Ayuntamiento, podrá solicitar su devolución una vez haya finalizado la ejecución de la obra o la actuación que ha motivado su depósito.
Quién puede solicitarlo:
La persona que ha efectuado el depósito.
Cuando se puede solicitar:
Durante todo el año
Pasos a seguir:
Se puede solicitar presencial o telemáticamente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, o bien por correo.
Documentación necesaria:
a. Solicitud de Devolución de Avales o fianzas debidamente cumplimentado
b. Licencia de primera ocupación, en caso de obras de edificación, o referencia a la misma.
c. Licencia de obras o referencia a su nº de expediente.
d. En caso de actuar en representación, documentación acreditativa de la misma.
e. Documento de mantenimiento de terceros, en caso de fianza en metálico.
Observaciones:
- En caso de avales o fianzas de obras, deberá contar con informe favorable del técnico competente de urbanismo.
* Para las devoluciones de fianzas en metálico será necesario acompañar documento de mantenimiento de terceros
Plazo de resolución:
3 meses
Silencio administrativo:
Positivo
Normativa aplicable:
a. R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL
b. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
c. Ley 5/2014, de 25 de julio de la Generalitat Valenciana, de Ordenación Territorio, Urbanismo y Paisaje.
d. Ordenanza Reguladora de las licencias urbanísticas y ambientales, declaraciones responsables, comunicaciones previas y otros actos urbanísticos municipales.
Órgano de resolución:
Concejal Delegado
Recurso:
- Recurso de Reposición
- Recurso Contencioso-Administrativo
Donde dirigirse:
Servicios Económicos
Entidad tramitadora:
Servicios Económicos
Impresos:
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