Las personas obligadas tributarias, ya sean físicas o jurídicas, podrán solicitar la compensación de deudas que tengan contraídas con el Ayuntamiento de Dénia, bien de manera total o parcial, con los créditos reconocidos por acto administrativo a su favor.
Durante todo el año
Se podrá solicitar presencial o telemáticamente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. También por correo.
1. Cuando se presente la solicitud, si la documentación exigida no está completa, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de 10 días aporte la documentación pendiente, advirtiéndole que de no hacerlo su solicitud se considerará desistida, i se dará por finalizado el procedimiento, archivando la solicitud sin más trámite. 2. Si la solicitud se presenta en periodo ejecutivo, podrán suspenderse las actuaciones de enajenación de bienes y derechos. 3. La solicitud de compensación de deudas no impedirá la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de la deuda restante.
6 meses
Negativo
Concejal Delegado de Hacienda
* Recurso de Reposición * Recurso Contencioso-Administrativo
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