Trámites

Compensación de Deudas

Las personas obligadas tributarias, ya sean físicas o jurídicas, podrán solicitar la compensación de deudas que tengan contraídas con el Ayuntamiento de Dénia, bien de manera total o parcial, con los créditos reconocidos por acto administrativo a su favor.

Quién puede solicitarlo:

Cuando se puede solicitar:

Durante todo el año

Pasos a seguir:

Se podrá solicitar presencial o telemáticamente en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. También por correo.

Documentación necesaria:

Observaciones:

1. Cuando se presente la solicitud, si la documentación exigida no está completa, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de 10 días aporte la documentación pendiente, advirtiéndole que de no hacerlo su solicitud se considerará desistida, i se dará por finalizado el procedimiento, archivando la solicitud sin más trámite.
2. Si la solicitud se presenta en periodo ejecutivo, podrán suspenderse las actuaciones de enajenación de bienes y derechos.
3. La solicitud de compensación de deudas no impedirá la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de la deuda restante.

Plazo de resolución:

6 meses

Silencio administrativo:

Negativo

Normativa aplicable:

Órgano de resolución:

Concejal Delegado de Hacienda

Recurso:

* Recurso de Reposición
* Recurso Contencioso-Administrativo

Donde dirigirse:

Servicios Económicos

Entidad tramitadora:

Servicios Económicos

Impresos:

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